Vendedor Ambulante, inquilino desde hace 12 años del edificio 1008,
entre las calles 2-3 en Callejón Martínez, manifiesta que a pesar de haber
participado de las charlas de capacitación brindadas por los servidores
públicos que colaboran con el Proyecto de Renovación Urbana e Integración
Humana, que encabeza el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial
(MiViOT), en la ciudad de Colón, al momento en que él debió ser considerado
para la mudanza de las familias de su edificio (hacia Altos de Los Lagos), lo
detuvo personal del MiViOT para decirle que debía quedarse en el edificio bajo
órdenes del Municipio de Colón, ya que es la entidad pública encargada de la
personas que están con su “condición” en particular. Sin embargo, manifiesta
que él nunca recibió una nota formal sobre esa información ni tampoco el
caserón fue rotulado para indicar que él está ahí todavía en ese a espera de
una respuesta de las instituciones públicas que le competen coordinar su mudanza
o reubicación. Recientemente, fue comunicado de un lanzamiento con presencia de
Juez de Paz y Unidades de la Policía. Ante este hecho, acudió a la Defensoría
del Pueblo para solicitar ayuda para que ésta intervenga con respecto a los
derechos presuntamente vulnerados, relacionados al Derecho a la Vivienda, bajo
los criterios de acceso a las políticas sociales de vivienda, así como al
acceso a una vivienda digna. En virtud del Derecho de Petición, para recibir
información clara y detallada por parte de las entidades del Estado y una
respuesta en el término legal pertinente, la Defensoría del Pueblo atiende
queja del Señor. Además, se debe exigir su Derecho al Orden Jurídico, por la
acción u omisión de (los) funcionarios(s) o empleado(s) público(s) en el
cumplimiento de sus deberes.
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