martes, 7 de agosto de 2018

INQUILINO DEL EDIFICIO 1008 EN CALLEJÓN MARTÍNEZ ACUDE A LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO EN VIRTUD DE SU DERECHO A VIVIENDA


Vendedor Ambulante, inquilino desde hace 12 años del edificio 1008, entre las calles 2-3 en Callejón Martínez, manifiesta que a pesar de haber participado de las charlas de capacitación brindadas por los servidores públicos que colaboran con el Proyecto de Renovación Urbana e Integración Humana, que encabeza el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (MiViOT), en la ciudad de Colón, al momento en que él debió ser considerado para la mudanza de las familias de su edificio (hacia Altos de Los Lagos), lo detuvo personal del MiViOT para decirle que debía quedarse en el edificio bajo órdenes del Municipio de Colón, ya que es la entidad pública encargada de la personas que están con su “condición” en particular. Sin embargo, manifiesta que él nunca recibió una nota formal sobre esa información ni tampoco el caserón fue rotulado para indicar que él está ahí todavía en ese a espera de una respuesta de las instituciones públicas que le competen coordinar su mudanza o reubicación. Recientemente, fue comunicado de un lanzamiento con presencia de Juez de Paz y Unidades de la Policía. Ante este hecho, acudió a la Defensoría del Pueblo para solicitar ayuda para que ésta intervenga con respecto a los derechos presuntamente vulnerados, relacionados al Derecho a la Vivienda, bajo los criterios de acceso a las políticas sociales de vivienda, así como al acceso a una vivienda digna. En virtud del Derecho de Petición, para recibir información clara y detallada por parte de las entidades del Estado y una respuesta en el término legal pertinente, la Defensoría del Pueblo atiende queja del Señor. Además, se debe exigir su Derecho al Orden Jurídico, por la acción u omisión de (los) funcionarios(s) o empleado(s) público(s) en el cumplimiento de sus deberes.



No hay comentarios.:

Publicar un comentario